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Accidente Laboral: Reclamación por Daños e Indemnización por un Accidente de Trabajo.

 

Una reclamación es la protesta, queja contra algo. Por medio de dicha reclamación, un accidentado laboral, perjudicado, afectado, herido, lesionado, etc, pone en conocimiento de la compañía aseguradora el perjuicio causado por un accidente de trabajo (laboral), por la que se pretende una reparación y/o resarcimiento del daño, secuelas, y lesiones sufridas.

- Daños y Perjuicios: Se encuentra determinado en el Artículo 2023 del Código Civil: "Cuando un hecho cause daños y perjuicios a una persona y la ley imponga al autor de este hecho o a otra persona distinta la obligación de reparar esos daños y perjuicios, hay responsabilidad civil.". Esto es, la obligación de reparar los daños y perjuicios causados por un hecho (accidente laboral).

- Cuando un accidente laboral cause daños y perjuicios a una persona, y la ley imponga al autor de este hecho o a otra persona distinta, la obligación de reparar esos daños y perjuicios, hay responsabilidad civil.

-La obligación de reparar los daños y perjuicios, queda señalada en el Artículo 2024, ya que, el autor de un hecho ilícito debe reparar todos los daños y perjuicios que, con tal hecho, causen a otra/s persona/s, a menos que demuestre que el daño o el perjuicio se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima o accidentado.

- En el artículo 1.106 del Código Civil se dice que " la indemnización por daños y perjuicios comprende no sólo el valor de la pérdida sufrida (daño emergente), sino también por el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor (lucro cesante).”

-En materia de seguros, y en concreto en los accidentes de circulación o de tráfico, la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda, ha venido publicando desde 1997 (el último es del año 2000) un baremo de indemnizaciones para fijar las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal en accidentes laborales.

- En toda reclamación de daños y perjuicios por accidente laboral se debe aportar documentación, esto es: Certificados médicos, D.N.I., radiografías, scanner, Tac, certificado psicológico, presupuesto de los gastos médicos, del afectado por un accidente laboral, entre otros documentos.

 

Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rdleg8-2004.t3.html

Oficinas y Despacho Elisa Hurtado Pérez, Procuradora de los Tribunales de Madrid y Abogados en Madrid capital está especializada en la reclamación del pago e indemnización por las lesiones, daños, secuelas sufridas por un accidente de trabajo (Laboral). Servicio de asesoramiento, defensa, representación y diligenciado de cualquier proceso por un accidente laboral o de trafico que sufra de daños, secuelas, y solicitemos una indemnizacion, en Madrid capital.